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Licencia de conducir: aquellos con deudas en la cuota alimentaria no podrán renovarla

Tendrán un plazo de 45 días para pagar su deuda, de lo contrario se bloqueará el trámite y no podrán renovar su licencia de conducir por tiempo indeterminado.

El Gobierno de la Provincia de Buenos Aires determinó que las personas que registren deudas en la cuota alimentaria no podrán tramitar la renovación de la licencia de conducir, que es actualmente el documento necesario para circular al mando de cualquier vehículo motorizado en cualquier parte de Argentina.

LICENCIA DE CONDUCIR

De esta forma, se busca reducir los casos donde se registran incumplimientos en el pago de la cuota de alimentos. A los deudores se les otorgará la licencia de conducir por un plazo de 45 días, que deberán utilizar para revertir su situación.

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De lo contrario, el sistema bloqueará el trámite y no podrán realizar la renovación de su registro de conducir (siempre en Provincia de Buenos Aires, no así en CABA). Así lo informó Radio Mitre.

LICENCIA DE CONCUDIR 1

En la Provincia de Buenos Aires, el otorgamiento de la Licencia de Conducir está delegado en los diferentes municipios. Cabe destacar que en la provincia también está en marcha el programa “Licencias en el acto”, que busca reducir el tiempo de emisión del registro de 7 días hábiles a 24 o 48 horas, dependiendo de la organización de cada centro emisor.

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Por último y en relación a la cuota alimentaria, vale recordar que de acuerdo al Código Civil y Comercial de la Nación (artículos 658 y 659), “la obligación que tienen los padres con sus hijos de dar alimentos es el conjunto de todo lo que ellos necesitan para vivir, educarse, vestirse, tener un lugar donde vivir, salud, entretenimiento y para que tengan un oficio o profesión”.