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La Justicia bonaerense suspendió el uso de camionetas 4×4, UTV y cuatriciclos en La Frontera

La resolución fue dictada por el Juzgado Civil y Comercial Nº 4 de Dolores. A continuación, conoce los detalles.

La Justicia bonaerense suspendio el uso de camionetas 4x4 UTV y cuatriciclos en La Frontera

La Justicia bonaerense ordenó la suspensión inmediata del uso de camionetas 4×4, UTV, cuatriciclos, motos u otros vehículos similares, en los médanos de La Frontera, Pinamar.

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La medida se da a raíz de la reiteración de accidentes graves y la falta de controles adecuados, tras un fallo del Juzgado Civil y Comercial Nº 4 de Dolores. Tras un amparo presentado contra la Municipalidad de la ciudad balnearia por el ex director ejecutivo de la Agencia Nacional de Seguridad Vial (ANSV), Pablo Martinez Carignano.

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Además, la decisión se debe al grave accidente ocurrido semanas atrás en la zona costera en cuestión. Allí Bastian, un niño de 8 años sufrió “múltiples fracturas de cráneocuando el UTV en el que circulaba junto a su padre y sus dos hermanas choco contra una Volkswagen Amarok. Tras ser intervenido varias veces, el menor permanece internado en el Hospital Materno Infantil de Mar del Plata.

Qué determinó la Justicia

El ex directivo del ente publicó parte del fallo en su cuenta de “X” determinada por el juez de la causa. En ese sentido, el magistrado suplente Félix Adrián Ferrán ordenó el “cese inmediato y la prohibición expresa de pruebas de destreza; competencias formales o informales; eventos recreativos motorizados organizados; desafíos, carreras y toda maniobra temeraria realizadas con vehículos 4×4, UTV, cuatriciclos, motos u otros similares, en el sector de médanos costeros del Partido de Pinamar, conocido como ‘La Frontera’, aún cuando dicho sector sea de titularidad privada, por tratarse de conductas de riesgo manifiesto, frecuentemente asociadas a siniestros graves y muertes, con niñas y niños como víctimas frecuentes”.

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Tras la publicación de la orden, Martínez destacó: “Este es el fallo que hace lugar a la cautelar y prohíbe la locura de los cuatris y otros vehículos en la arena de Pinamar. Valoro y agradezco la sensatez y valentía del Juez interviniente”.

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Según la resolución, “estas prácticas producen todos los años siniestros viales graves y fatales (varios de ellos con menores de edad) fallecidos o con lesiones irreversibles, hechos reiteradamente difundidos por medios de alcance nacional”, dentro de un espacio de uso masivo y alta concurrencia durante la temporada estival.

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Además, Ferrán subrayó que los municipios están obligados a ejercer el poder de Policía. Esto se traduce en la tarea de regular, controlar e impedir el desarrollo de las distintas actividades que comprometan la seguridad pública. Este paso obliga “a la demandada al dictado de las medidas necesarias para la tutela de los derechos que se encuentran violados por la omisión de regular la actividad

La resolución que prohíbe el uso de vehículos en Pinamar

De acuerdo a la resolución, “las medidas de prevención se presentan como el medio de garantizar que, si el deber de cuidado y prudencia no es acatado por los ciudadanos, el Estado se halla habilitado para implementar mecanismos tutivos, que impidan o reconduzcan actividad dañosa a cauces seguros”.

El documento, además, sostiene que “la omisión o insuficiencia en el ejercicio de dicho poder puede traducirse en una situación de peligro actual o inminente, lo que habilita la intervención judicial a fin de asegurar la efectiva protección de los derechos comprometidos, sin que ello implique un indebido avasallamiento de competencias, sino el resguardo del interés público”.

Además, la suspensión de estos vehículos busca poner fin al peligro que se genera por la demora ante una “situación que es de público conocimiento -tal como el caso de Bastián, que figura como argumento- respecto a las carreras, picadas y todo tipo de evento similar, donde se registran innumerables cantidad de accidentes que comprometen derechos fundamentales, tales como la vida, la integridad física y la seguridad pública, bienes jurídicos de jerarquía constitucional que imponen una actuación preventiva y oportuna”.

Hasta cuando estarán suspendidos los vehículos todoterrenos en La Frontera

Según el medio Entrelíneas, las actividades motorizadas no tendrán vigencia hasta que el municipio garantice condiciones de seguridad y control. Esto incluye la instalación de señalizaciones, se delimiten zonas, haya una supervisión efectiva y se establezcan medidas preventivas suficientes.

Por último, la medida preventiva deja sin efecto el argumento de la Municipalidad de Pinamar que sostenía que no podía intervenir por tratarse de predios de titularidad privada, y remarca que esa excusa no es válida frente a un riesgo cierto, conocido y evitable.

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